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domingo, 18 de octubre de 2026 Noticias de Colombia y el mundo.

La justicia dejó sin efecto el decreto sobre tercerización laboral en Colombia

El Decreto 0581 de 2026 fijaba criterios para detectar y sancionar la intermediación laboral ilegal. El gremio de empresas de servicios temporales pidió claridad jurídica y defendió las modalidades de contratación autorizadas por la ley.
Escrito por Redacción Web 16 octubre, 2026
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Personas revisando documentos relacionados con contratos y relaciones laborales

Foto: cottonbro studio / Pexels

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El Decreto 0581 del 5 de junio de 2026, que reglamentaba la tercerización y la intermediación laboral en Colombia, fue dejado sin efecto. La norma buscaba establecer reglas para identificar, corregir y sancionar prácticas de tercerización laboral ilegal.

El decreto otorgaba más herramientas de inspección al Ministerio del Trabajo y pretendía evitar que algunas empresas utilizaran contratistas o intermediarios para encubrir relaciones laborales directas y eludir obligaciones como el pago de prestaciones sociales.

Los criterios que establecía la norma

Entre los indicios de una posible tercerización ilegal estaban la falta de una estructura productiva propia del contratista, la ausencia de autonomía técnica y administrativa y la subordinación de los trabajadores a la empresa que recibía los servicios.

Para evaluar esas situaciones, el decreto contemplaba factores como quién impartía las órdenes, fijaba los horarios, suministraba las herramientas de trabajo y tomaba decisiones sobre la continuidad de los empleados.

La Asociación Colombiana de Empresas de Servicios Temporales, Acoset, afirmó que cualquier decisión regulatoria debe garantizar claridad jurídica, protección efectiva de los derechos laborales y reconocimiento de las modalidades de contratación previstas en la legislación colombiana.

Miguel Pérez, presidente de Acoset, señaló que la tercerización no es ilegal por sí misma y que las empresas de servicios temporales cumplen una función reconocida por la Ley 50 de 1990 y otras normas aplicables.

El gremio pidió diferenciar las prácticas que vulneran los derechos de los trabajadores de las actividades empresariales autorizadas. También consideró necesario que los inspectores del trabajo cuenten con criterios objetivos y uniformes para adelantar procesos de inspección, vigilancia y control.

Resumen de la noticia

El Decreto 0581 del 5 de junio de 2026, expedido durante el Gobierno de Gustavo Petro, regulaba la tercerización y la intermediación laboral en Colombia, pero fue dejado sin efecto. La norma establecía criterios para identificar relaciones laborales encubiertas y otorgaba herramientas de inspección al Ministerio del Trabajo. Acoset sostuvo que la lucha contra la intermediación ilegal debe mantenerse, aunque pidió diferenciar esas prácticas de la actividad legítima de las empresas de servicios temporales, reconocida por la legislación colombiana.

En pocas palabras

  • Decreto 0581 expedido el 5 de junio de 2026
  • La norma regulaba la tercerización e intermediación laboral
  • Incluía criterios sobre subordinación, horarios y herramientas de trabajo
  • Acoset pidió seguridad jurídica para empresas y trabajadores

¿Por qué importa?

La decisión incide en las reglas con las que se vigilan las relaciones laborales y en la seguridad jurídica de empresas que usan modalidades de contratación autorizadas.

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