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domingo, 4 de octubre de 2026 Noticias de Colombia y el mundo.

Gobierno habilita facultades especiales para reconstruir vías tras el terremoto

El Decreto 1424 del 17 de septiembre de 2026 otorga facultades especiales a la ANI, el Invías y la Aeronáutica Civil para agilizar la reconstrucción de corredores estratégicos, intervenir aeropuertos territoriales y cofinanciar los sistemas de transporte masivo, en el marco de la emergencia económica declarada por el terremoto del 10 de agosto.
Escrito por Redacción Web 18 septiembre, 2026
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Maquinaria trabajando en la reconstrucción de una vía, una de las tareas de la emergencia por el terremoto

Foto: Nadin Nandin / Unsplash

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El Ministerio de Transporte expidió el Decreto 1424 del 17 de septiembre de 2026, que adopta medidas extraordinarias en el marco de la emergencia económica y social declarada por el terremoto del 10 de agosto.

La norma otorga facultades especiales a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), el Instituto Nacional de Vías (Invías) y la Aeronáutica Civil para simplificar procesos, agilizar la reconstrucción de corredores estratégicos y asegurar el abastecimiento nacional. Las medidas podrán ejercerse hasta por seis meses.

Obras adicionales en concesiones y APP

La ANI quedó habilitada para ordenar la ejecución de obras e intervenciones adicionales sobre la infraestructura afectada dentro de los contratos de concesión y de Asociación Público-Privada (APP) a su cargo, durante los seis meses siguientes a la declaratoria de emergencia.

La entidad podrá disponer obras no contempladas originalmente en el contrato siempre que la infraestructura esté dentro de los municipios del área de influencia de la concesión, no exista otro contrato vigente sobre ella y el contratista cuente con capacidad técnica, financiera, operativa y personal o maquinaria movilizada en la zona. El trámite inicia con la notificación formal al concesionario, que tendrá un plazo máximo para presentar la propuesta del proyecto.

Aeropuertos y vías bajo régimen especial

La Aeronáutica Civil recibió facultades excepcionales para intervenir directamente en la rehabilitación y recuperación de la infraestructura aeroportuaria y aeronáutica afectada por el sismo. Para asumir obras en aeropuertos territoriales deberá verificarse la solicitud expresa de la entidad territorial, la certificación de que esta carece de capacidad financiera, técnica o de personal suficiente, la acreditación técnica del daño directo derivado del sismo y la suscripción previa de un convenio que defina financiación, operación, mantenimiento y riesgos, sin alterar la propiedad del activo.

El Invías, por su parte, tendrá a su cargo las obras de emergencia, rehabilitación y reconstrucción en los corredores viales, vías fluviales y puentes vehiculares bajo su responsabilidad que sufrieron derrumbes, pérdida de banca o daños estructurales, y podrá adelantar labores de mantenimiento y rehabilitación de forma prioritaria bajo el régimen especial del decreto.

Cofinanciación del transporte masivo

El decreto también regula la cofinanciación del déficit operacional y de la rehabilitación de la infraestructura de los Sistemas Integrados de Transporte Masivo (SITM) y los Sistemas Estratégicos de Transporte Público (SETP). La Nación podrá cofinanciar de forma excepcional hasta el 70 % de los déficits operacionales originados directamente por los efectos del sismo, previa certificación del ente gestor de cada sistema y verificación del Ministerio de Transporte.

La financiación cubre estaciones, portales, patios-taller, puentes peatonales y vehiculares, vías troncales y pretroncales, sistemas de recaudo, señalización y equipos asociados a la operación. Los recursos podrán provenir del Fondo Milagro —creado por el Decreto 1379 de 2026— o del Presupuesto General de la Nación, sujeto a las disponibilidades presupuestales y al cumplimiento del Marco Fiscal de Mediano Plazo.

El texto completo del decreto está disponible en el repositorio de normativa de la Presidencia de la República.

Resumen de la noticia

El Gobierno expidió el Decreto 1424 del 17 de septiembre de 2026, que otorga facultades especiales a la ANI, el Invías y la Aeronáutica Civil para agilizar la reconstrucción de la infraestructura de transporte afectada por el terremoto del 10 de agosto, en el marco de la emergencia económica. La norma permite ejecutar obras adicionales en concesiones y APP, intervenir aeropuertos territoriales bajo condiciones específicas y cofinanciar hasta el 70 % de los déficits operacionales de los sistemas de transporte masivo, con recursos del Fondo Milagro o del Presupuesto General de la Nación.

En pocas palabras

  • Decreto 1424 del 17 de septiembre de 2026, expedido en el marco de la emergencia económica
  • La ANI podrá ordenar obras adicionales en contratos de concesión y APP durante seis meses
  • La Aerocivil podrá intervenir aeropuertos territoriales bajo condiciones específicas
  • La Nación podrá cofinanciar hasta el 70 % de los déficits operacionales de los SITM y SETP
  • Los recursos podrán provenir del Fondo Milagro o del Presupuesto General de la Nación

¿Por qué importa?

La reconstrucción de vías, puentes y aeropuertos afectados por el sismo depende de estas facultades, que aceleran las obras que sostienen el transporte de carga y pasajeros en las zonas golpeadas por el terremoto.

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