La reforma pensional, cuya entrada en operación se mantiene para abril de 2027, incluye modificaciones relevantes en la pensión por invalidez en Colombia. La prestación conserva su naturaleza, aunque se introducen cambios en la forma en que funciona.
Uno de los cambios clave es que, dentro del nuevo sistema de pilares, Colpensiones asumirá la centralización del reconocimiento de la pensión de invalidez de origen común.
Ese régimen se aplicará sin importar que el afiliado que la solicite mantenga aportes adicionales en el Componente Complementario de Ahorro Individual, administrado por una entidad privada.
La financiación de la prestación tendrá un respaldo nuevo: un seguro previsional. El valor requerido para pagar la pensión de invalidez se calculará mediante una figura de aseguramiento o una renta temporal, hasta que el beneficiario alcance la edad reglamentaria para acceder a la pensión de vejez.
La pensión por invalidez también entra al Pilar Solidario, dirigido a las personas que no hayan cotizado. Se otorgará a quienes tengan una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 % y no cumplan el requisito de semanas cotizadas.
Adicionalmente, la prestación se reconocerá a quienes se encuentren en condición de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad mediante el acceso a la Renta Básica Solidaria: a partir de los 50 años para las mujeres y de los 55 para los hombres.