Colpensiones explicó qué ocurre con las mesadas que los pensionados no cobran: el derecho a la pensión no se pierde nunca, pero cada pago causado y sin reclamar prescribe a los tres años.
La ley colombiana establece que el dinero de las pensiones en el fondo público pertenece únicamente a los trabajadores y son recursos irrenunciables e inembargables.
Por eso, la entidad aclara que una mesada no reclamada se mantiene en el fondo a favor del jubilado, aunque no de forma indefinida.
Si transcurren tres años sin que el beneficiario o sus herederos reclamen una mesada específica, el cobro de esa transferencia prescribe. El paso siguiente, según la normativa vigente, es que ese dinero se reintegre al Sistema General de Pensiones y pase a formar parte de la bolsa común de recursos del sistema.
En caso de fallecimiento del titular, la norma aclara que los pagos pendientes de cobro hasta la fecha del deceso pueden ser reclamados por los herederos legítimos mediante un trámite administrativo.