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domingo, 4 de octubre de 2026 Noticias de Colombia y el mundo.

Dian otorgará alivios de intereses y sanciones a damnificados por el terremoto

El Gobierno expidió el Decreto Legislativo 1419 del 17 de septiembre de 2026, que reduce los intereses de mora a 4,5% anual, permite pagar 15% de las sanciones y ofrece facilidades de pago de hasta 36 meses para quienes resultaron afectados por el terremoto del 10 de agosto. La norma también contempla alivios para declaraciones pendientes, reprogramación de acuerdos de pago y un trato especial para las donaciones que reciban los damnificados.
Escrito por Redacción Web 18 septiembre, 2026
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Documentos, una calculadora y lápices sobre un escritorio, en referencia a las obligaciones tributarias y los pagos ante la Dian

Foto: Aaron Lefler / Unsplash

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El Gobierno Nacional estableció un paquete de alivios tributarios para los contribuyentes golpeados por el terremoto del 10 de agosto, contenidos en el Decreto Legislativo 1419 del 17 de septiembre de 2026. La norma cobija a quienes tenían su domicilio fiscal en los municipios afectados por el sismo y acrediten una afectación directa.

El beneficio central es la reducción de la tasa de interés moratorio a 4,5% anual para las obligaciones cubiertas por el decreto, con el fin de bajar el costo financiero que enfrentan los afectados mientras normalizan sus cuentas con la Dian.

En materia de sanciones, los contribuyentes con obligaciones en mora al 10 de agosto podrán pagar el 15% del valor de las sanciones y su actualización, siempre que cancelen la totalidad de la obligación principal y los intereses calculados con la tasa especial.

Facilidades de pago

El decreto permite acuerdos de pago de hasta 24 meses sin garantía y, bajo determinadas condiciones, de hasta 36 meses. En todos los casos el contribuyente debe realizar un pago inicial mínimo del 10% del total de la obligación.

Los alivios no se limitan a las deudas ya vencidas. Quienes tenían declaraciones pendientes al momento del terremoto podrán acceder a la reducción de la sanción por extemporaneidad si las presentan a más tardar el 19 de noviembre de 2026.

Quienes ya tengan acuerdos de pago vigentes con la Dian podrán solicitar una reprogramación, por una sola vez, con una ampliación de hasta 12 meses para determinadas cuotas.

La norma también contempla reducciones de sanciones e intereses, mediante conciliación, para los procesos tributarios que cursan en la jurisdicción de lo contencioso administrativo, según la etapa en la que se encuentre cada proceso.

Donaciones para los damnificados

Las personas naturales afectadas podrán recibir donaciones o pagos en especie de hasta 2.600 UVT por beneficiario —equivalentes a $136,17 millones—, sin que se consideren renta ni ganancia ocasional, siempre que se destinen a atender necesidades derivadas del desastre.

Además, los contribuyentes podrán donar a la Nación los saldos a favor que tengan ante la Dian y que sean susceptibles de devolución o compensación. Esos recursos deberán destinarse a la atención de la emergencia y a la recuperación y reconstrucción de las zonas afectadas.

Los principales alivios tributarios rigen hasta el 19 de noviembre de 2026, mientras que algunas medidas relacionadas con donaciones estarán vigentes hasta el 31 de diciembre. El decreto aclara que las medidas no significan una condonación del capital de las obligaciones.

Resumen de la noticia

El Gobierno Nacional expidió el Decreto Legislativo 1419 del 17 de septiembre de 2026, con alivios tributarios para los contribuyentes afectados por el terremoto del 10 de agosto. La norma reduce la tasa de interés moratorio a 4,5% anual, permite pagar 15% de las sanciones y ofrece facilidades de pago de hasta 24 o 36 meses. También cubre declaraciones pendientes, la reprogramación de acuerdos de pago vigentes y las donaciones de hasta 2.600 UVT que reciban los damnificados. Los principales beneficios rigen hasta el 19 de noviembre de 2026 y no implican condonación del capital adeudado.

En pocas palabras

  • Decreto Legislativo 1419 del 17 de septiembre de 2026
  • Interés moratorio reducido a 4,5% anual
  • Pago del 15% de las sanciones, cancelando el capital y los intereses
  • Acuerdos de pago de hasta 24 meses sin garantía y hasta 36 con condiciones
  • Donaciones de hasta 2.600 UVT ($136,17 millones) sin impuesto para damnificados

¿Por qué importa?

Define cómo y hasta cuándo los contribuyentes de los municipios golpeados por el sismo pueden ponerse al día con sus obligaciones ante la Dian con menos intereses y sanciones, un alivio directo para familias y empresas de esas zonas.

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