Bogotá, Medellín y Cali tendrán movilizaciones este miércoles 14 de octubre, convocadas por centrales obreras, Fecode, el Pacto Histórico, sectores universitarios y otras organizaciones. La jornada se desarrollará el mismo día en que el Gobierno presentó nuevas reglas para la intervención de las autoridades durante las protestas.
Rutas de las marchas en Bogotá
En Bogotá, la jornada preparatoria del paro saldrá a las 9:30 a. m. desde el Parque Nacional, en la carrera Séptima con calle 26. La movilización es convocada por la CUT, CTC, CGT, CDP, Fecode, el Pacto Histórico y Alianza por la Vida.
A las 10:00 a. m. también partirá desde ese punto la marcha del Magisterio Distrital. Ambas tendrán como destino la Plaza de Bolívar. Además, hay convocatorias universitarias desde la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca y en Usme, aunque estas no tenían una hora confirmada.
Las autoridades esperan afectaciones en la carrera Séptima, la carrera Décima, la calle 26 y el sistema TransMilenio. El expresidente Gustavo Petro anunció que participará en la jornada y pidió que las manifestaciones se desarrollen de manera pacífica.
Movilizaciones en Medellín y Cali
En Medellín se esperan concentraciones desde las 10:00 a. m. en la sede de ADIDA, la Universidad de Antioquia y el Centro Comercial Aventura. La marcha que saldrá de ADIDA, ubicada en la calle 57 con carrera 42, avanzará por la carrera 43, la avenida La Playa, la avenida Oriental y la calle San Juan, hasta la Plaza de las Luces, frente a La Alpujarra.
En Cali, la movilización comenzará a las 9:00 a. m. en la Plazoleta Jairo Varela y recorrerá la calle 5 hasta el Parque de las Banderas. La Secretaría de Seguridad y Justicia anunció un dispositivo con más de 1.200 policías y 600 militares en los accesos a la ciudad.
Movilidad Cali recomendó anticipar los desplazamientos, tomar vías alternas y evitar recorridos innecesarios por la calle 5. Para quienes circulen por la avenida Segunda Norte, la entidad sugirió dirigirse por la calle 10 hacia la avenida Sexta y continuar por las calles 13, la avenida Octava Norte y la avenida Cuarta Norte, según las condiciones del tráfico.
Qué cambia con el nuevo decreto
El Decreto 1525 de 2026 modifica las reglas sobre el uso de la fuerza y la protección del derecho a la protesta. El nuevo artículo 2A se aplica cuando desde el comienzo de una manifestación se identifique porte de armas, retención de personas, agresiones a terceros o periodistas, o destrucción de infraestructura.
En esos casos, la obligación de dialogar se considera cumplida con el despliegue de gestores de convivencia y el mantenimiento de un canal de comunicación abierto. La Policía puede intervenir mientras se desarrolla ese diálogo, sin agotar previamente los niveles uno a tres de escalonamiento, siempre que exista una constancia motivada en el acta del Puesto de Mando Unificado.
El decreto aclara que la verificación debe ser focalizada y que la presencia de personas con el rostro cubierto, el contenido de los discursos o la convocatoria no bastan para cambiar el carácter pacífico de una manifestación.
La obstrucción de una vía tampoco modifica por sí sola ese carácter. La disolución solo podría ordenarse de manera excepcional cuando la perturbación sea grave, sostenida y no exista una alternativa menos lesiva. El PMU deberá documentar factores como la disponibilidad de vías alternas, el tiempo del bloqueo y la afectación a ambulancias.
Las autoridades deberán garantizar franjas de paso para ambulancias, bomberos, personas mayores, mujeres gestantes y menores. Además, el PMU se activará antes de cada movilización y sus decisiones de intervención tendrán que quedar por escrito.
El decreto mantiene la presunción de carácter pacífico de las manifestaciones, prohíbe el uso de armas de fuego por parte del personal uniformado y establece que las Fuerzas Militares no intervendrán. También señala que la protección de bienes materiales no autoriza el uso de fuerza potencialmente letal.
Cuando se presenten afectaciones graves, las alcaldías deberán publicar en un plazo de 72 horas un balance de heridos, daños y capturas, incluidas las lesiones atribuidas a agentes del Estado. En un plazo de 48 horas deberá convocarse un consejo de seguridad.