El Gobierno presentó ante el Congreso un proyecto de acto legislativo que busca hacer públicas las gestiones de los congresistas ante el Ejecutivo y modificar las reglas sobre conflictos de intereses. La iniciativa fue radicada por el ministro del Interior, Rodrigo Lara Restrepo.
La propuesta permitiría que los congresistas postulen proyectos de inversión pública para sus regiones, siempre que no intervengan en la adjudicación, celebración o ejecución de los contratos derivados. Tampoco podrían obtener un beneficio particular y determinado, ni favorecer a los financiadores de sus campañas.
Todas las postulaciones tendrían que quedar registradas públicamente y sujetarse a procedimientos y estándares comunes definidos posteriormente mediante una ley orgánica.
Cambios al régimen de conflicto de intereses
El articulado propone modificar los artículos 180, 182, 183 y 346 de la Constitución. Según el texto, un congresista tendría que declararse impedido cuando exista un beneficio particular y determinado para él, su cónyuge o compañero permanente, sus familiares en los grados que establezca la ley o sus socios.
La financiación legal y registrada de una campaña, así como un interés común a un sector económico, social o regional, no constituirían por sí solos un conflicto de intereses. En esos casos, el legislador podría participar y votar después de realizar la declaración correspondiente.
La ocultación de información en la declaración pública de intereses sería considerada una causal de pérdida de investidura.
El proyecto también permitiría que los congresistas postulen proyectos de inversión en cualquier momento. El Gobierno podría incluirlos en el presupuesto anual o financiarlos durante la respectiva vigencia con recursos de inversión del Presupuesto General de la Nación y de fondos especiales nacionales.
Registro de gestiones y reglamentación
La reforma plantea crear un registro público de intereses, financiadores de campañas y postulaciones de proyectos para las regiones. También busca establecer reglas para el trámite de impedimentos y recusaciones, así como regular las actividades de lobby.
Si la reforma entra en vigencia, el Congreso tendría un plazo de 12 meses para aprobar la ley orgánica que desarrolle estas disposiciones.