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sábado, 7 de noviembre de 2026 Noticias de Colombia y el mundo.

Juzgado ordena atender en 48 horas a familias desplazadas y confinadas en Nariño

Un juzgado concedió de forma parcial una tutela presentada por la Defensoría del Pueblo y dio 48 horas a las alcaldías de Linares, Los Andes y La Llanada, a la Gobernación de Nariño y a la Unidad de Víctimas para garantizar asistencia humanitaria a familias desplazadas y confinadas por enfrentamientos armados.
Escrito por Redacción Web 6 noviembre, 2026
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Entrega de ayudas humanitarias a familias rurales desplazadas por la violencia en Nariño

Foto: Frank Zhang / Unsplash

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Un juzgado dio un plazo perentorio de 48 horas a las alcaldías de Linares, Los Andes y La Llanada, a la Gobernación de Nariño y a la Unidad para las Víctimas para garantizar la entrega efectiva de asistencia humanitaria inmediata a las personas y familias desplazadas y confinadas por los recientes enfrentamientos armados en esos municipios.

La medida provisional fue concedida de forma parcial a una acción de tutela presentada por la Defensoría del Pueblo, Regional Nariño, en favor de las comunidades afectadas por los hechos de orden público registrados en la zona. El despacho consideró que existen elementos que permiten advertir un posible riesgo para los derechos fundamentales de la población civil.

La atención deberá responder a las necesidades identificadas y a las condiciones de seguridad de cada territorio, con especial prioridad para niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, mujeres gestantes, personas con discapacidad y pacientes con enfermedades graves o crónicas.

Los argumentos de la Defensoría del Pueblo

La Defensoría sustentó la tutela en los enfrentamientos armados de esos municipios, que dejaron a numerosas familias con dificultades para acceder a alimentos, servicios de salud, educación y otros bienes esenciales. También advirtió deficiencias en la respuesta institucional y retrasos en la entrega de la ayuda humanitaria por exigencias relacionadas con censos y procesos de validación administrativa.

Por eso solicitó, además, que se remitan los censos preliminares o definitivos de la población desplazada y confinada, así como las actas de los Comités de Justicia Transicional relacionadas con la emergencia.

La orden es provisional: el despacho la adoptó mientras recopila las pruebas necesarias para emitir una decisión de fondo. En el trámite fueron vinculados, entre otros, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), las personerías municipales de los tres municipios, la Procuraduría Regional de Nariño, el Ministerio del Interior, el Ejército Nacional, la Policía Nacional, la Defensoría de Familia de Pasto y la Procuraduría Judicial para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y las Mujeres.

Resumen de la noticia

Un juzgado dio 48 horas a las alcaldías de Linares, Los Andes y La Llanada, a la Gobernación de Nariño y a la Unidad para las Víctimas para garantizar ayuda humanitaria inmediata a familias desplazadas y confinadas por enfrentamientos armados. La medida provisional se concedió de forma parcial a una tutela de la Defensoría del Pueblo, que advirtió deficiencias y retrasos en la respuesta institucional. La decisión rige mientras el despacho recopila pruebas para emitir una decisión de fondo.

En pocas palabras

  • Plazo de 48 horas para garantizar la entrega de asistencia humanitaria inmediata
  • Accionadas: alcaldías de Linares, Los Andes y La Llanada, Gobernación de Nariño y Unidad para las Víctimas
  • Tutela presentada por la Defensoría del Pueblo, Regional Nariño
  • Prioridad a niños, adultos mayores, mujeres gestantes, personas con discapacidad y enfermos crónicos
  • Medida provisional mientras se recopilan pruebas para la decisión de fondo

¿Por qué importa?

Familias desplazadas y confinadas por la violencia en Nariño tenían dificultades para acceder a alimentos y salud; la orden judicial obliga a las entidades territoriales a actuar de inmediato y con prioridad en la población más vulnerable.

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