El Gobierno nacional expidió el Decreto Legislativo 1426 del 17 de septiembre de 2026 para suspender temporalmente, en los municipios golpeados por el sismo del 10 de agosto, las verificaciones necesarias para recibir Renta Ciudadana, Colombia Mayor, Compensación del IVA y Renta Joven. La medida no modifica los montos de los subsidios ni crea nuevos beneficiarios.
La norma se firmó en el marco de la emergencia económica, social y ecológica declarada tras el terremoto. Su objetivo es que una persona que ya era beneficiaria no quede por fuera de un ciclo de pago únicamente porque la entidad o el sistema encargado de certificar una condición no pueda entregar la información debido a los daños de la emergencia.
Qué cambia con la medida
En circunstancias normales, Prosperidad Social debe recibir y verificar información de distintas entidades para confirmar, según el programa, aspectos como asistencia escolar, controles médicos, vacunación, matrícula, desempeño académico o supervivencia.
El problema es que el sismo afectó instituciones educativas, centros de salud, entidades territoriales, operadores de pago y sistemas de información locales necesarios para esas comprobaciones. Por eso, el decreto autoriza a Prosperidad Social a suspender temporalmente las verificaciones cuando resulte materialmente imposible realizarlas por los daños del terremoto.
La suspensión es temporal y no elimina los requisitos de los programas. Cada uno mantiene reglas propias para ingresar, permanecer y recibir los recursos: Renta Ciudadana y Renta Joven tienen condicionalidades de educación y salud, y Colombia Mayor conserva mecanismos de verificación como los relacionados con la supervivencia de los beneficiarios.
A cuánta gente cobija y dónde
La medida está dirigida a personas y hogares que ya eran beneficiarios al momento del sismo y que se encuentren en municipios afectados. En ese territorio, Prosperidad Social tenía registrados 258.018 hogares de Renta Ciudadana, 237.363 hogares de Compensación del IVA, 1.255.622 personas en Colombia Mayor y 64.107 personas en Renta Joven.
El decreto advierte que esas cifras no deben sumarse como si correspondieran a personas diferentes, porque las unidades de medición son distintas y un mismo hogar puede participar en más de un programa. No se trata, por tanto, de que más de 1,8 millones de personas reciban automáticamente un nuevo pago.
El ámbito territorial abarca 16 departamentos: Antioquia, Bolívar, Caldas, Caquetá, Cauca, Chocó, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima y Valle del Cauca. Aun así, la aplicación se concentra en los municipios identificados con afectación directa en los reportes de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y en el Registro Único de Damnificados, o en aquellos donde posteriormente pueda demostrarse una afectación concreta relacionada con el terremoto.
Putumayo quedó excluido del ámbito territorial después de que el Gobierno determinara que las afectaciones reportadas en ese departamento no tenían relación causal con el sismo del 10 de agosto.
Hasta cuándo aplica
La medida comenzará a aplicarse durante la vigencia del estado de emergencia y podrá extenderse hasta por 12 meses, sin que ello implique una ampliación del estado de excepción. La suspensión tampoco permanecerá activa necesariamente durante todo ese periodo en cada municipio.