El procurador general de la Nación, Gregorio Eljach, pidió tranquilidad antes de las manifestaciones previstas para este miércoles 14 de octubre en Colombia y recordó que la protesta pacífica es un derecho protegido por la Constitución y la ley.
El funcionario advirtió, sin embargo, que ese derecho no es absoluto. “No es un derecho absoluto, tiene límites, los que señalan la misma Constitución, las leyes y los reglamentos”, afirmó en un mensaje dirigido a los ciudadanos.
Eljach también señaló que el presidente de la República, como cabeza del orden público, tiene autoridad para intervenir cuando se presenten situaciones que alteren la seguridad. Su llamado fue a mantener el respeto por los derechos de las demás personas durante la jornada.
Nuevas reglas para la actuación policial
El pronunciamiento se conoció después de que el Gobierno expidiera el Decreto 1525 del 13 de octubre de 2026, que modifica las reglas para la actuación de la Policía durante las manifestaciones públicas.
La norma permite intervenir contra quienes cometan actos violentos sin esperar a que termine el diálogo con el conjunto de los manifestantes. También contempla acciones frente al porte o uso de armas, explosivos o artefactos incendiarios; la retención de personas; las agresiones contra ciudadanos, funcionarios o misiones médicas y periodísticas, y los daños a infraestructura pública o privada.
Las autoridades deberán documentar esas situaciones en el Puesto de Mando Unificado y comunicarlas al Ministerio Público. Al mismo tiempo, las medidas de diálogo y protección deben continuar para quienes participen de manera pacífica.
Condiciones para intervenir ante los bloqueos
El decreto establece que la disolución total o parcial de una reunión por obstrucción vial solo podrá ordenarse en casos excepcionales, cuando la afectación sea grave y sostenida y no exista una alternativa menos restrictiva para los derechos de reunión y manifestación.
Para tomar esa decisión, las autoridades deberán valorar la duración del bloqueo, las rutas alternas, el paso de vehículos de emergencia, el suministro de bienes y servicios esenciales y las pérdidas verificables para hogares y establecimientos comerciales.
La disposición organiza la respuesta institucional en cinco niveles: facilitación y gestión preventiva, diálogo directo, mediación y articulación institucional, disuasión y restablecimiento del orden mediante unidades policiales especializadas. El paso de una etapa a otra deberá justificarse en el acta del Puesto de Mando Unificado.
La norma también ordena garantizar corredores solidarios para ambulancias, organismos de socorro, misiones médicas y personas que requieran atención prioritaria. Esos corredores deberán permitir, además, el transporte de medicamentos, insumos hospitalarios y alimentos perecederos.
El Decreto 1525 modifica y adiciona disposiciones del Decreto 003 de 2021. Mantiene la prohibición del uso de armas de fuego por parte de los uniformados que intervengan en las protestas y la regla de no intervención de las Fuerzas Militares.