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jueves, 15 de octubre de 2026 Noticias de Colombia y el mundo.

El dueño debe asumir los daños en el techo del inmueble arrendado, salvo que el inquilino los haya causado

Las filtraciones, goteras y daños en las tejas suelen generar disputas entre arrendadores y arrendatarios. La responsabilidad depende del origen de la afectación y de lo pactado en el contrato.
Escrito por Redacción Web 14 octubre, 2026
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Techo de una vivienda afectado por la lluvia y el deterioro de sus tejas

Foto: Elimende Inagella / Unsplash

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Los daños en el techo de una vivienda arrendada, como filtraciones, goteras o tejas deterioradas, suelen generar dudas sobre quién debe asumir el costo de la reparación. En Colombia, la respuesta depende del origen de la afectación, de las condiciones del contrato y de las obligaciones previstas en la Ley 820 de 2003.

Cuando el daño aparece por lluvias intensas, fuertes vientos o deterioro natural, y no existen pruebas de que el arrendatario lo haya provocado, la responsabilidad corresponde por regla general al propietario. Se trata de una situación relacionada con la conservación y la seguridad del inmueble.

Qué debe hacer el arrendatario

El inquilino debe informar oportunamente al arrendador sobre la afectación. También conviene tomar fotografías o videos del techo y de los daños ocasionados dentro de la vivienda, con el fin de dejar constancia del estado del inmueble.

Si las partes acuerdan que el arrendatario hará inicialmente la reparación, es recomendable dejar el pacto por escrito y conservar facturas y comprobantes de pago. Estos documentos pueden respaldar una solicitud de reembolso cuando exista fundamento para reclamarlo.

La situación cambia si el daño fue causado por un uso indebido o por una actuación atribuible al inquilino. En ese caso, la responsabilidad podría recaer sobre este. Por eso, establecer cómo ocurrió la afectación es clave antes de definir quién debe pagar.

Resumen de la noticia

En Colombia, los daños en tejas y techos de una vivienda arrendada deben analizarse según el contrato y el origen de la afectación. Cuando el deterioro obedece a lluvias, fuertes vientos o desgaste natural, y no hay pruebas de responsabilidad del inquilino, la reparación corresponde por regla general al propietario. El arrendatario debe informar oportunamente, documentar los daños y conservar soportes si realiza el arreglo por acuerdo entre las partes. Si hubo uso indebido, el costo podría recaer sobre quien ocasionó el daño.

En pocas palabras

  • La Ley 820 de 2003 regula el arrendamiento de vivienda urbana
  • Lluvias, vientos y deterioro natural suelen comprometer al propietario
  • Fotos, videos, facturas y acuerdos escritos sirven como soporte
  • El inquilino podría responder si causó el daño por uso indebido

¿Por qué importa?

Conocer el origen del daño y dejar evidencia puede evitar cobros injustificados y facilitar acuerdos entre propietarios e inquilinos sobre las reparaciones.

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