La mujer señalada de causar la caída de la escultura de los lanceros, ubicada en la plaza de la Trinidad del barrio Getsemaní, en Cartagena, podría enfrentar consecuencias penales y económicas. El hecho quedó registrado en un video que circuló en redes sociales.
En las imágenes se observa a una visitante interactuando con la pieza, que termina en el suelo. Tras conocer el caso, el alcalde de Cartagena, Dumek Turbay Paz, pidió ayuda para identificarla y solicitó que se presente ante la Administración distrital para responder por los daños.
“No creo que esta señora permita que lleguen a su casa a destruir sus jarrones, sus cuadros, sus adornos, sus elementos preciados”, escribió el mandatario al referirse al episodio.
Qué dice la legislación sobre el daño a bienes
El artículo 265 del Código Penal colombiano contempla el delito de daño en bien ajeno. La norma establece penas de 16 a 90 meses de prisión y una multa de entre 6,66 y 37,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes para quien destruya, inutilice o deteriore un bien ajeno, siempre que la conducta no corresponda a un delito con una sanción mayor.
La disposición también prevé una sanción menor cuando el valor del daño no supera los diez salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La escultura podría tener una protección adicional
El artículo 266 contempla circunstancias de agravación punitiva para el daño en bien ajeno. Entre ellas aparecen los daños a bienes de interés científico, histórico, cultural o artístico, así como a bienes de uso público y piezas que hagan parte del patrimonio cultural de la Nación. En esos casos, la pena podría aumentar hasta en una tercera parte.
Para establecer si esa agravación aplica en el caso de la plaza de la Trinidad, las autoridades tendrían que determinar las características jurídicas y patrimoniales de la escultura, además de las circunstancias exactas del incidente.
También podría exigirse el pago de la reparación
La eventual responsabilidad económica sería independiente de la sanción penal. Si se determina que la persona es responsable, podría exigírsele el pago de los trabajos necesarios para reparar la escultura.
El valor dependerá de una evaluación técnica que establezca la magnitud de los daños y las intervenciones requeridas para recuperar la pieza. Mientras se aclaran las circunstancias, tanto la reparación como las consecuencias legales deberán definirse conforme a las normas aplicables.