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jueves, 15 de octubre de 2026 Noticias de Colombia y el mundo.

El decreto que regula las protestas abrió un debate sobre fuerza pública y derecho a la movilización

El Decreto 1525 de 2026 modificó las pautas de actuación durante las manifestaciones y entró en vigor antes de una jornada convocada por sectores de oposición. El Gobierno defiende la medida; sus críticos cuestionan sus límites constitucionales.
Escrito por Redacción Web 14 octubre, 2026
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Manifestantes participan en una movilización mientras agentes de la Fuerza Pública permanecen en los alrededores.

Foto: Spenser H / Unsplash

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El Decreto 1525 de 2026, que modifica las reglas de actuación de la Fuerza Pública durante las manifestaciones, entró en vigor menos de 24 horas antes de una jornada convocada por el Pacto Histórico, la Central Unitaria de Trabajadores y Fecode. La medida abrió un debate sobre los límites del Ejecutivo, el derecho a la protesta y el momento en que las autoridades pueden intervenir.

El Gobierno sostiene que la nueva regulación busca proteger a quienes se movilizan pacíficamente, a las personas que no participan en las marchas y la continuidad de servicios esenciales. Desde la oposición, en cambio, se ha cuestionado que el decreto pueda restringir la movilización social y que haya sido expedido sin pasar primero por el Congreso.

Qué cambia con el Decreto 1525

El decreto modifica el Decreto 003 de 2021, que establece protocolos para la actuación de la Fuerza Pública durante las manifestaciones. Entre las medidas previstas está el acompañamiento policial a una distancia mínima de cuatro metros de las movilizaciones.

La norma también contempla individualizar e intervenir contra personas que porten o empleen armas, explosivos o artefactos incendiarios, retengan ciudadanos contra su voluntad, agredan a terceros o destruyan infraestructura pública o privada.

Uno de los puntos más discutidos es que la mediación no sería necesariamente un requisito previo para actuar contra quienes cometan actos violentos. El diálogo podría mantenerse con los manifestantes pacíficos mientras la Policía interviene frente a conductas específicas. El texto plantea que los espacios de diálogo pueden retomarse después del uso de la fuerza, siempre que hayan cesado las acciones violentas y se protejan los derechos de los demás participantes.

El Ministerio del Interior justificó la reforma con el aumento de los eventos de protesta y conflicto social. Según los datos citados por esa cartera, los casos pasaron de 1.427 en 2022 a 4.039 en 2025. Ese último año se registraron en 536 municipios y los bloqueos o cortes de ruta representaron el 41 %.

El debate político y constitucional

La propuesta se conoció el 30 de septiembre y dividió opiniones entre el oficialismo y la oposición. Sus defensores consideran que puede impedir que las marchas se conviertan en escenarios violentos. Sus críticos advierten que permitir intervenciones sin agotar primero el diálogo podría afectar la participación ciudadana.

Gabriel Rondón, exviceministro del Interior, y el representante Camilo Torres, del Pacto Histórico, señalaron riesgos para el derecho a la protesta. En contraste, la senadora María Clara Posada, del Centro Democrático, defendió la actuación de la Fuerza Pública ante manifestaciones violentas. El liberal Héctor Olimpo Espinosa pidió revisar si el Gobierno se mantiene dentro de sus competencias.

La discusión no se limita a definir cuándo puede intervenir la Policía. También plantea quién tiene la competencia para fijar las reglas de un derecho constitucional y qué garantías existen para evitar que las medidas dirigidas contra hechos violentos terminen afectando a quienes marchan pacíficamente.

Otras iniciativas de seguridad en discusión

El debate sobre las protestas coincidió con otras iniciativas del Gobierno. Entre ellas están un sistema de información sobre las guardias indígenas y el uso de la herramienta Talkwalker para analizar la conversación digital y la percepción sobre la Presidencia y el Ejecutivo.

El Ministerio del Interior también estructuró, junto con las carteras de Defensa y Justicia, un estatuto antiterrorista. El proyecto contempla un Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas, cuya inclusión sería definida por el Consejo Nacional de Seguridad con apoyo de una instancia técnica.

El borrador plantea nuevos delitos y agravantes relacionados con el apoyo material a grupos registrados, la instrumentalización de población civil, el uso de drones con fines terroristas, la interferencia de sistemas de comunicación y navegación, y algunas conductas vinculadas con la minería ilegal y la comercialización de minerales de origen ilícito.

También prevé restricciones de circulación, vigilancia electrónica o prohibiciones de comunicación para personas sobre las que existan motivos fundados de pertenencia o colaboración con una organización registrada, incluso cuando todavía no haya mérito para formular una imputación. Esas medidas tendrían una duración inicial de hasta 12 meses y podrían renovarse.

El alcance de estas disposiciones generó preguntas sobre la presunción de inocencia y las garantías judiciales. El Gobierno defiende el carácter preventivo de la propuesta y la existencia de controles judiciales, pero el texto todavía debe superar su recorrido institucional.

El trámite y la movilización como prueba

La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y la Embajada de Estados Unidos en Colombia recibieron el articulado del estatuto para formular comentarios. El ministro del Interior aclaró que no se trató de una revisión formal ni de una aprobación internacional, sino de un intercambio de observaciones para mejorar el texto.

El presidente De la Espriella ha expresado su interés en que las medidas entren en funcionamiento antes de terminar 2026, pero su aplicación dependerá del trámite de los proyectos y del respaldo político que logre el Ejecutivo.

La convocatoria del Pacto Histórico, la CUT y Fecode puso el decreto a prueba de manera inmediata. El expresidente Gustavo Petro y el senador Iván Cepeda anunciaron su participación, mientras la oposición pidió garantías para la movilización.

El Gobierno insistió en que protegerá la protesta pacífica, pero intervendrá frente a hechos violentos o bloqueos. También anunció coordinación con organizadores y autoridades territoriales, además de monitoreo en Valle, Cauca y Nariño. La actuación de las autoridades durante las manifestaciones será determinante para medir los alcances reales de la nueva regulación.

Resumen de la noticia

El Gobierno de De la Espriella puso en vigor el Decreto 1525 de 2026, que modifica las reglas de actuación de la Fuerza Pública durante las manifestaciones. La norma permite intervenir contra personas señaladas de portar armas, agredir, retener ciudadanos o destruir infraestructura, sin que la mediación sea necesariamente un paso previo. El Ejecutivo sostiene que busca proteger a quienes protestan pacíficamente y garantizar servicios esenciales. Sectores de oposición cuestionan la competencia del Gobierno y advierten posibles restricciones al derecho constitucional a la movilización.

En pocas palabras

  • El Decreto 1525 de 2026 modificó los protocolos de actuación durante las protestas
  • La Policía podría intervenir contra conductas violentas sin esperar a que termine el diálogo
  • Los eventos de protesta pasaron de 1.427 en 2022 a 4.039 en 2025
  • Los bloqueos representaron el 41 % de los casos registrados en 2025
  • La aplicación de la norma coincidió con una movilización del Pacto Histórico, la CUT y Fecode

¿Por qué importa?

La norma puede incidir directamente en la forma en que se desarrollan las manifestaciones y en la actuación de la Fuerza Pública. Su aplicación será observada para determinar si protege a la ciudadanía sin afectar el derecho a la protesta pacífica.

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