El Gobierno nacional está a punto de expedir la reforma al Decreto 003 de 2021, que reglamenta la actuación estatal frente a la protesta social en Colombia. Según el ministro del Interior, Rodrigo Lara, la norma pasará este jueves 9 de octubre a sanción y firma del presidente, tras culminar la fase de mesas de diálogo, compilación de observaciones ciudadanas al borrador y revisión interinstitucional.
La actualización se promovió luego de que una sentencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia le ordenara al Gobierno proteger el derecho a la movilización ciudadana y expedir una reglamentación para la fuerza pública.
El decreto busca separar la protesta pacífica de los actos violentos y eliminar el margen de discrecionalidad en la intervención policial, lo que se ha sido defendido como protección para el manifestante frente a los infiltrados violentos.
Qué se considera violencia
La norma delimita qué conductas constituyen agresión o violencia no protegida por la Constitución: el porte o uso de armas de fuego, armas cortopunzantes o explosivos; las agresiones físicas a ciudadanos, misiones médicas o periodistas; la retención de personas contra su voluntad; la destrucción de infraestructura pública o privada; y la instrumentalización de niños, niñas y adolescentes o mujeres embarazadas.
Por el contrario, se aclara que las molestias, ruidos o alteraciones propias de la manifestación que no configuren delitos no se consideran violencia.
Causales para agotar el diálogo y uso de la fuerza
Aunque el diálogo y la mediación se mantienen como la regla general y prioritaria, el decreto establece ocho causales taxativas para declarar agotada esa etapa e iniciar el uso de la fuerza. Entre ellas están el impedimento al paso de misiones médicas, ambulancias u organismos de socorro, la imposibilidad de mantener corredores solidarios, el desabastecimiento verificado de alimentos, agua potable, medicamentos o combustibles, y la destrucción de infraestructura de servicios públicos.
La fuerza pública deberá cumplir un escalonamiento obligatorio de cinco niveles para garantizar la proporcionalidad del uso de la fuerza, que va desde la facilitación y gestión preventiva con autoridades territoriales y gestores de convivencia, hasta el restablecimiento del orden a cargo de la Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (UNDMO) o de unidades policiales disponibles.
Además, las alcaldías y gobernaciones deberán adoptar Planes de Manejo de Tránsito y Movilidad Alternativa y un inventario permanente de bienes de protección prioritaria: hospitales, acueductos, instalaciones de energía y terminales, donde la policía dispondrá anillos de protección preventiva.
Garantías y trazabilidad
El decreto ratifica que siguen vigentes las garantías de la norma de 2021: la presunción de carácter pacífico de las marchas, el aviso previo no condicionado, la prohibición del uso de armas de fuego por el personal de control, la prohibición absoluta de la intervención de las Fuerzas Militares y el principio de no estigmatización.
Fortalece, además, la trazabilidad: los alcaldes o gobernadores deberán publicar un balance de afectaciones dentro de las 72 horas posteriores a una marcha y rendir explicaciones públicas en un plazo máximo de tres meses cuando ocurran hechos graves con uso de la fuerza.
El ministro Lara defendió la reforma: “El principio rector de esta reforma se resume en una frase: ni un derecho menos para quien protesta, ni un espacio más para quien destruye. Separamos la protesta pacífica de los actos violentos y protegemos al manifestante de los infiltrados”.
El señor Lara también desestimó los señalamientos de sectores críticos sobre presunto autoritarismo: “No se dejen meter cuentos de quienes dicen que esto es autoritario; eso es ridículo. Aquí no nos metemos con pedir permisos obligatorios ni violamos el fallo de tutela. Lo que hacemos es precisar las circunstancias de agotamiento del diálogo, definir qué es violencia y dar herramientas disuasivas y democráticas”.
El ministro se respaldó en datos del Observatorio de Conflictividad Social de la Defensoría del Pueblo: los eventos de protesta pasaron de 1.427 en 2022 a 4.039 en 2025, con el 41% concentrado en bloqueos de rutas que afectaron la distribución de medicamentos, alimentos y servicios de salud.