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jueves, 15 de octubre de 2026 Noticias de Colombia y el mundo.

Así operarán los subsidios de nómina y para cesantes afectados por el sismo

El Ministerio del Trabajo adoptó los manuales operativos de dos ayudas extraordinarias creadas por el Decreto Legislativo 1417 de 2026: una para respaldar la nómina de empresas formales y otra para trabajadores que quedaron sin empleo tras la emergencia. Acá los pasos, las entidades a cargo y las condiciones.
Escrito por Redacción Web 9 octubre, 2026
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Persona gestionando documentos de trámite ante una entidad gubernamental, tras la reglamentación de las ayudas para afectados por el sismo.

Foto: Donald Wu / Unsplash

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El Ministerio del Trabajo, encabezado por Natalia López, estableció los lineamientos para poner en marcha dos ayudas económicas extraordinarias dirigidas a personas y empresas afectadas por el sismo del 10 de agosto de 2026, en el marco de la emergencia declarada por el Gobierno de De La Espriella.

La resolución adopta los manuales operativos de los beneficios creados con el Decreto Legislativo 1417 de 2026: documentos que detallan cómo tramitar las solicitudes, verificar los requisitos, reconocer los apoyos, realizar los pagos y atender posibles reclamaciones.

Las ayudas apuntan a dos grupos: empleadores que buscan mantener el pago de la nómina de sus trabajadores formales y personas dependientes e independientes que quedaron desempleadas como consecuencia de la emergencia.

Subsidio al pago de nómina

El primer mecanismo es el Beneficio Extraordinario de Apoyo al Pago de Nómina del Empleo Formal Dependiente. MinTrabajo dirigirá el programa y definirá los cupos y periodos de postulación según la disponibilidad de recursos, por lo que adoptar los manuales no significa que todas las empresas accedan automáticamente a la ayuda.

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) será responsable de las validaciones, la fiscalización y el cobro, mientras que las entidades financieras y las cooperativas de ahorro y crédito participarán en la operación y en la entrega de los recursos.

Protección para trabajadores cesantes

El segundo mecanismo, la Protección Económica Extraordinaria para Trabajadores Dependientes e Independientes Cesantes Damnificados, está articulado con el Mecanismo de Protección al Cesante y será operado por las cajas de compensación familiar, bajo las condiciones fijadas en el decreto.

Los manuales establecen además los procedimientos para identificar a las personas damnificadas, comprobar el cumplimiento de requisitos, gestionar el reconocimiento y el pago, intercambiar información entre entidades, atender reclamaciones y, cuando corresponda, devolver recursos.

La verificación de la condición de damnificado se coordinará con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), sin reemplazar las competencias de esa entidad. El ministerio deberá divulgar los requisitos, los canales de atención, los cronogramas y los mecanismos de orientación para interesados.

En ningún caso esas reglas pueden cambiar los beneficiarios, los montos, la duración, las fuentes de financiación ni los requisitos establecidos en el decreto.

Resumen de la noticia

El Ministerio del Trabajo, a cargo de Natalia López, expidió los manuales operativos de dos ayudas económicas extraordinarias para los afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026, creadas con el Decreto Legislativo 1417 de 2026. La primera respalda el pago de la nómina en empresas formales y la segunda protege a trabajadores dependientes e independientes que quedaron desempleados. La adopción de los manuales no garantiza acceso automático: los cupos y periodos de postulación se anunciarán según los recursos disponibles.

En pocas palabras

  • Sismo del 10 de agosto de 2026 con emergencia declarada por el Gobierno
  • Beneficio Extraordinario de Apoyo al Pago de Nómina para empleo formal
  • Protección Económica Extraordinaria para dependientes e independientes cesantes
  • Intervienen la UGPP, entidades financieras y cajas de compensación
  • Los manuales no pueden cambiar montos, requisitos ni beneficiarios del decreto

¿Por qué importa?

Define cómo empresas y trabajadores golpeados por el sismo pueden acceder a recursos para sostener salarios o compensar la pérdida del empleo; los cupos, plazos y canales de atención se anunciarán desde MinTrabajo.

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