La pensión por invalidez se mantiene dentro de la reforma pensional en Colombia, aunque el nuevo sistema contempla cambios en la forma de pago. Según la información disponible, Colpensiones será el único pagador del beneficio.
El requisito central continúa relacionado con la pérdida de capacidad laboral. El solicitante debe tener reconocida una pérdida igual o superior al 50 %, porcentaje que debe ser determinado por una EPS, una AFP o una Junta de Calificación de Invalidez.
La calificación debe establecer tanto el nivel de pérdida de capacidad laboral como la fecha de estructuración de la invalidez. Ese dato define el periodo que se toma en cuenta para verificar las cotizaciones.
Semanas cotizadas y condiciones especiales
Como regla general, la norma exige acreditar 50 semanas cotizadas dentro de los tres años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.
Para las personas menores de 20 años, el requisito cambia: deben demostrar al menos 26 semanas cotizadas durante el año inmediatamente anterior al reconocimiento de la pensión.
También existe una condición especial para quienes hayan cotizado al menos el 75 % de las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de vejez. En esos casos, se exige haber cotizado 25 semanas dentro de los tres años previos al proceso de invalidez.
La aplicación de estas reglas está relacionada con la entrada en vigor de la reforma pensional, prevista en la información de la fuente para abril del año siguiente.