Quien vuele hacia Estados Unidos a partir del 3 de noviembre de 2026 deberá presentar una declaración sanitaria individual, sin importar la aerolínea, la nacionalidad del pasajero o el país de procedencia. La obligación rige desde las 11:59 p. m. de ese día, hora de Colombia, y también cobija a quienes solo hagan conexión en aeropuertos estadounidenses.
La medida la establecieron los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) con un objetivo sanitario: prevenir el ingreso del virus del ébola a territorio estadounidense.
En la declaración, cada viajero certificará no haber estado en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos al embarque. El documento puede ser físico o digital, según los mecanismos que habilite cada aerolínea, y se diligencia durante el registro del vuelo o antes de abordar. Los menores quedan cubiertos: sus padres o representantes autorizados pueden completar el formato en su nombre.
Las consecuencias de omitirlo son claras: quien no presente la declaración no podrá abordar el avión hacia Estados Unidos, y suministrar información falsa de manera deliberada puede ocasionar sanciones penales.
Las personas que sí hayan estado en territorio congoleño en los 21 días anteriores —incluso que solo hicieran tránsito por un aeropuerto— tampoco podrán viajar, salvo las excepciones previstas por las autoridades estadounidenses.
El requisito tiene una vigencia inicial hasta el 18 de diciembre de 2026, aunque las autoridades pueden modificarlo o extenderlo según la evolución de la situación sanitaria.