El Gobierno del presidente Abelardo de La Espriella adoptó medidas ambientales temporales para atender los efectos del terremoto del 10 de agosto y facilitar la estabilización, recuperación y reconstrucción de los territorios afectados. Las normas están dirigidas exclusivamente a la emergencia, según el Gobierno, sin eliminar la evaluación ambiental, el seguimiento de las autoridades, la participación ciudadana ni la protección de páramos, humedales y áreas protegidas.
“Agilizar no significa eliminar los controles ambientales, significa destrabar el Estado para poder responder. Esto es, además, una expresión concreta de la Agenda ABC del gobierno: Agua, Biodiversidad y Comunidades (…) Porque la visión es reconstruir mejor de como estábamos antes de la emergencia, que cada obra que hagamos nos permita tener territorios más seguros, más resilientes y mejor preparados para el futuro”, afirmó el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Fabio Arjona.
Manejo de escombros y nuevos sitios de disposición
El decreto declara de utilidad pública e interés social las labores de limpieza, remoción y disposición de escombros y residuos de construcción, así como de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos generados por el terremoto. El Gobierno reconoció que esas tareas son prioritarias para el bienestar de la comunidad.
Cuando los sitios previstos en los planes municipales de gestión del riesgo resulten insuficientes, se podrán habilitar temporalmente nuevos lugares para disponer los residuos, sin licencia, permiso o autorización ambiental previa y bajo los lineamientos técnicos del Ministerio de Ambiente. Se priorizarán pasivos ambientales, minas en proceso de cierre y áreas mineras abandonadas.
Plazos más cortos para las obras de reconstrucción
La medida también agiliza los trámites de las obras de reparación, reforzamiento y reconstrucción de infraestructura afectada. Las licencias ambientales tendrán un plazo de hasta 30 días hábiles, y los permisos de uso de agua, intervención de cauces, vertimientos y emisiones atmosféricas, de 15 días hábiles.
Si una autoridad ambiental no tiene capacidad suficiente para atender las solicitudes, el Ministerio de Ambiente podrá asignar temporalmente esos procesos a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) u otra autoridad. Además, las obras que ya tengan licencia, permiso o concesión podrán comenzar previa comunicación a la autoridad ambiental, y el titular tendrá tres meses para solicitar los ajustes ambientales correspondientes.
La cartera insistió en que agilizar los trámites no elimina los controles: se mantiene la evaluación de impacto ambiental cuando sea necesaria, junto con las obligaciones de manejo y el seguimiento y control de las autoridades ambientales.