El Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella expidió el Decreto Legislativo 1420, que adopta medidas para modificar los contratos estatales dirigidos a atender las consecuencias del terremoto del 10 de agosto de 2026.
Contratación directa y catálogos de emergencia
Con la norma, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente podrá realizar contrataciones directas y configurar los catálogos de emergencia, con el fin de atender los problemas causados por el desastre natural, ya sea con proveedores existentes o nuevos.
Los procesos permanecerán abiertos a vinculación durante toda la vigencia del Decreto 1171 de agosto de 2026, es decir, por un año. Ese decreto declaró la situación de desastre para Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo y Norte de Santander.
El articulado, difundido este 17 de septiembre, también establece que durante ese mismo periodo las entidades estatales podrán adquirir los bienes relacionados con la emergencia a través de un instrumento de agregación de demanda de grandes superficies. El valor de la transacción tendrá como techo máximo la menor cuantía asignada a la respectiva entidad.
Qué pasa cuando termine la emergencia
El decreto señala que, una vez concluida la situación de desastre, Colombia Compra Eficiente podrá terminar de manera unilateral los contratos o catálogos, sin perjuicio de quienes hayan adquirido órdenes de compra con anterioridad.